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Abogado de Prostitución de Alexandria

Los crímenes de prostitución se cargan bajo el estatuto de la Mancomunidad en torno a la conducta sexual comercial [Sección 18.2-346] y abarcan varios actos de prostitución y solicitación. Si alguien se involucra en actos sexuales por dinero, o una devolución equivalente (como drogas o alguna otra compensación pecuniaria), es culpable de prostitución [Sección 18.2-346(A)].

El crimen se imputa como un delito menor de clase 1, y el acusado puede enfrentar hasta 12 meses de cárcel y/o una multa de hasta $2,500 si es declarado culpable [Sección 18.2-11(a)]. Independientemente de la penalidad, los acusados de prostitución en Virginia pueden beneficiarse enormemente de la experiencia de un abogado de prostitución de Alexandria.

Cualquier persona que ofrezca dinero a una prostituta para realizar favores sexuales, y luego realice un acto en cumplimiento de la intención de participar en el acto sexual, puede ser acusado de solicitar prostitución. Este es también un delito menor de clase 1 [Sección 18.2-346(B)] (multa máxima de $2,500 y hasta un año de cárcel). In English.

Solicitud de Participantes Menores de Edad

También hay dos crímenes relacionados con la prostitución que implican la solicitud de servicios sexuales de participantes menores de edad.

Solicitar la prostitución de un menor se imputa a quienes solicitan favores sexuales de alguien de al menos 16 años de edad. Este es un delito mayor de clase 6 [Sección 18.2-346(B) (i)]. Si es declarado culpable, el castigo es de uno a cinco años de cárcel, aunque a su discreción, la corte o un jurado puede imponer un máximo discrecional de 12 meses en la cárcel. Una multa máxima de hasta $2,500 es también una parte de la sentencia: [Sección 18.2-10(f)].

Pero si se alega que el sospechoso solicitó la prostitución de un menor de 16 años de edad, es un delito de clase 5: [Sección 18.2-346(B) (ii)]. La pena tras la condena es de uno a 10 años de cárcel, posiblemente con la misma reducción discrecional (12 meses en la cárcel) y/o una multa de hasta $2,500 [Sección 18.2-10(e) del Código de Virginia].

También hay un estatuto que se aplica a quienes ayudan a prostitutas [Sección 18.2-348]. Cualquiera que transporte a alguien a cualquier lugar con el propósito de prostitución es sospechoso de ayudar a la ofensa, un delito menor de clase 1, y enfrenta una sentencia tras una condena de un máximo de 12 meses de cárcel y/o una multa de hasta $2,500.

Si alguien le da información a otro sobre cómo y/o dónde encontrar una prostituta, esa ofensa también es un delito menor de clase 1 con la misma penalidad. Es posible que los acusados quieran contratar a un abogado de prostitución de Alexandria para que puedan comenzar a analizar los hechos del caso.

Otras Ofensas Relacionadas con la Prostitución

  • Mantener, vivir o visitar un “lugar obsceno” [Sección 18.2-347]: dichos lugares se definen como cualquier lugar (en interiores o al aire libre) utilizado para la prostitución o la asignación (una cita secreta entre los participantes). Una persona que Mantiene, vive o visita un lugar obsceno con fines de prostitución puede ser acusada de un delito menor clase 1 (multa máxima de $2,500 y hasta un año de cárcel). Pero cada día que se mantenga, viva o visite un lugar obsceno puede ser acusado como una ofensa separada.
  • Recibir dinero para procurar la prostitución [Sección 18.2-356] – El que acepta dinero o algo de valor pecuniario a cambio de colocar a alguien en un lugar obsceno, burdel u otro lugar con el propósito de prostituirse puede ser acusado de un delito grave clase 4. El castigo es de dos a 10 años de cárcel y una posible multa de hasta $100,000 [Sección 18.2-10 (d)]. Las infracciones como el reclutamiento de personas para trabajos forzados o los menores involucrados en la fabricación de pornografía infantil también entran en este estatuto.
  • Recibir dinero de las ganancias de una prostituta: [Sección 18.2-357] – Si a alguien le “pagan” dinero o algo de valor a sabiendas de las ganancias de una prostituta, el sospechoso puede ser acusado de un delito grave de clase 4 y enfrenta una condena de dos a 10 años en cárcel y una posible multa de hasta $100,000.

Secuestro con el Propósito de la Prostitución

Aquellos que fuerzan a una persona a la prostitución pueden hacerlo en cualquiera (o una combinación) de las siguientes maneras.

  • Toma a alguien, o hace que alguien entre, a un “lugar obsceno”, o cualquier lugar en contra de la voluntad de esa persona, con el propósito de la prostitución
  • Captura o detiene a alguien en contra de su voluntad, con la intención de forzar o coaccionar a la persona para que se case con el sospechoso u otra persona, o con la intención de “corromper” a la víctima
  • Consentimiento, como padre o tutor, a cualquiera de los anteriores

Todos los sospechosos supuestamente involucrados en tales secuestros son acusados de “tomar o detener” a una persona por prostitución. Esto se imputa como un delito mayor de clase 4 [Sección 18.2-355(C)]. La condena conlleva de dos a 10 años de cárcel y una multa de hasta $100,000.

Además, cualquiera de las ofensas anteriores que involucran el cruce de líneas estatales, el secuestro o la prostitución infantil podría presentar cargos federales, que se castigan con mayor severidad que los delitos comunes.

Todos los que presuntamente hayan cometido alguna ofensa relacionada con la prostitución serán mejor atendidos por un abogado de prostitución de Alexandria.

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